Visa Residency, todo lo que necesitas saber
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El proceso
La nueva ley de residencia, aprobada por el gobierno de España en septiembre de 2013, permite obtener el visado de residencia de manera automática al invertir 500.000 euros en propiedades ubicadas en nuestro país, ofreciendo así la oportunidad de convertirse en residentes a inversores extracomunitarios.
Bcn Advisors es una empresa especializada en el sector inmobiliario de prestigio y servicios de “Relocation” para altos ejecutivos en la ciudad de Barcelona y sus alrededores. Nuestro equipo está compuesto por profesionales expertos en cuestiones inmobiliarias y legales, que te guiarán en todo momento a lo largo del proceso de solicitud de residencia.
– Te explicaremos todo el proceso, desde la solicitud hasta la obtención del visado, informándote de detalles como pueden ser los costes o el plazo de entrega.
– Te guiaremos en la búsqueda de propiedades, encontrando la inversión que mejor se adapte a los criterios que nos especifiques.
– Te ofreceremos asesoramiento en cualquier tipo de cuestiones legales, fiscales u otras que pudieras considerar necesarias, para tu solicitud de residencia.
Requisitos
– Ser mayor de 18 años.
– No tener antecedentes penales
– haber entrado o residido en España de forma ilegal
– Poseer un seguro médico autorizado en España, indistintamente de si es público o privado.
– No haberle sido denegada la entrada a ningún otro país Schengen.
– Ser solvente económicamente de manera que se puedan cubrir los gastos personales y familiares.
– Ser propietario de una inversión inmobiliaria neta total superior a 500.000 euros, pudiendo recibir financiación para importes superiores y demostrar dicha inversión mediante un certificado del Registro de la Propiedad.
Beneficios
Nuestro país, por numerosos motivos, se considera como uno de los que mayor calidad de vida ofrecen a nivel mundial. Su excelente clima, cultura, gastronomía y su abundante turismo hacen de España un lugar perfecto para invertir. Esta nueva ley de residencia ofrece beneficios como los que se detallan a continuación:
-Libertad total de movimiento, sin restricciones, por 26 países europeos..
-Posibilidad de permanecer en España durante un máximo de 1 año, en lugar de 90 días, antes de tener que renovar el permiso.
-La familia (cónyuge e hijos menores de 18) pueden solicitarlo simultánea o previamente a la solicitud inicial.
-Permiso adicional de residencia de 2 años, renovable ilimitadamente cada 2 años siempre que se mantenga la inversión de 500.000 euros.
-Acceso a una excelente educación en colegios internacionales.
-Bajas tasas de impuestos de sociedades, más reducidas para pequeña y mediana empresa. Las sociedades no residentes están exentas, estando sujetas sólo al impuesto sobre la renta.
Preguntas frecuentes sobre Visa Residency
¿Se puede obtener el Visa Residency mediante la inversión y apertura de un negocio?
Sí, es una opción contemplada por la ley.
¿Puedo invertir en una propiedad comercial?
Sí, no existe restricción acerca del tipo de propiedad comprada.
¿Se pierde el permiso de residencia al vender la propiedad?
Cuando se venda la propiedad que daba al comprador el derecho de optar al permiso de residencia, el comprador ya no podrá optar a renovar el permiso cuando se venza el primer periodo de residencia.
¿Se puede obtener la ciudadanía a través de este permiso de residencia?
Sí, puede obtener la ciudadanía siempre y cuando el candidato pueda demostrar que ha residido en España de forma permanente durante más de 183 días al año durante el periodo mínimo necesario.
¿Es posible conseguir financiación?
Sí, para todas las compras inmobiliarias superiores a 500.000 euros, es posible acceder a financiación.
¿Los inversores extracomunitarios deben poseer un seguro médico?
Sí, los posibles inversores y sus cónyuges e hijos menores de 18 años deben demostrar que poseen un seguro médico público o privado con una entidad que esté autorizada en España.
¿Mis hijos también tendrán derecho a la residencia?
Sí, se les concederá la residencia a hijos menores de 18 años o discapacitados.
¿Se le otorga residencia a mi pareja si no estamos casados?
La ley utiliza la palabra “cónyuge” pero seguramente se reconocería también la pareja de hecho debidamente registrada en el país de origen.
Valoración de Nuestros Propietarios
Irene Pereyra
Super profesional y super buen equipo, no puedo recomendarlos lo suficiente. Están muy bien conectados, son muy confiables y hablan un inglés perfecto. Sin su experiencia, hubiera sido una pesadilla total intentar comprar mi primer departamento en un país extranjero. Realmente fueron más allá.
Marc Soler
Buen trato, atentos, se preocupan por tus intereses, etc. muy recomendable
Jorge Milburn
A pesar de ser un comprador (no el que paga sus honorarios) siempre me trataron como a su cliente siendo proactivo y genuinamente preocupado por satisfacer mis necesidades. Marc nos ayudó a encontrar el apartamento de nuestros sueños y no podemos estar más contentos con la perfección de la transacción.
Muy recomendable!
Paula Bonet
La experiencia con Bcn Advisors ha sido magnífica. El trato con Marc Daniel Longares siempre maravilloso. Vio rápidamente qué estaba buscando y una vez lo encontramos el procedimiento fue fácil y fluido. Los recomiendo.